Desde el movimiento de independencia presentó la
preocupación por establecer un orden constitucional y la creación del Derecho
que normara la vida social. Tras la muerte del caudillo insurgente Miguel
Hidalgo, Lic. Ignacio López Rayón, en agosto de 1811, instaló en Zitácuaro la
Suprema Junta Nacional Americana, como un órgano de gobierno y para elaborar
una Constitución, el documento Elementos
Constitucionales, primer intento de organización que proclamaba a América
libre e independiente; a la religión católica como oficial; la soberanía debía
provenir del pueblo y prohibía la esclavitud. Fue tal el impacto que Félix
María Calleja arremetió contra el poblado saqueándolo e incendiándolo.
Posteriormente sirvió de inspiración a José Ma. Morelos
quien convocó a un congreso a realizarse en Chilpancingo en 1813 (también
llamado Congreso de Anáhuac) aquí participaron quienes estuvieron en las juntas
de Zitácuaro y representantes de las zonas liberadas por los insurgentes; los
delegados eran hombres cultos, eclesiásticos y abogados; en la sesión inaugural
se dio lectura al documento Sentimientos
de la Nación. El tiempo en que se dio este hecho fue muy difícil por estar el país en guerra y
por el constante acoso de los realistas a los insurgentes, lo que obligó al
congreso a emigrar hacia Apatzingán, donde el 22 de octubre de 1814 fue
proclamado el orden legal con el título Decreto
Constitucional para la Libertad de la América Mexicana para mejorar como la
Carta de Apatzingán.
Aquí expresó repudio a la dominación extranjera y al
despotismo de la monarquía española, respetaba la religión; la soberanía debía
radicar en el pueblo; igualdad de todos ante la ley; además seguridad,
propiedad y libertad. La integración del país fue con 17 provincias las cuales
no podían separarse; la formación de un supremo congreso compuesto por
diputados elegidos en cada provincia, iguales en autoridad, y un supremo
gobierno integrado por tres individuos más un supremo tribunal de justicia.
También sufrió el ataque del virrey Calleja, quien ordenó se quemaran todos los
tanto del Decreto Constitucional que se hallara y aplicara tormentos a quienes
lo defendieran. Por su parte la Iglesia lanzó excomuniones a quien leyera o
poseyera algún ejemplar.
La situación del país continuó inestable impidiendo que se
pusiera en práctica pero es de considerarse como un inicio para los insurgentes
que posteriormente intervendrían en el Congreso de 1823, oponiéndose a la
monarquía o al centralismo.
Por otro lado, las Cortes de Cádiz elaboraron la
Constitución española, jurada en 1812, de posición liberal reducía el papel del
rey al poder ejecutivo; proclamaba la soberanía popular, libertad de prensa y
expresión, y abolía el Tribunal de la Santa adquisición, entre otros
ordenamientos. Fue suspendida por contener preceptos que estaban en contra de
los intereses de sectores conservadores especialmente el clero; en la metrópoli
Fernando VII restauraba el sistema absolutista.
Juan de Apodaca |
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